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DECRETO 256/2012, de 4 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la disolución de la sociedad mercantil autonómica de capital íntegramente público "Infraestructuras y Servicios de Telecomunicaciones de Aragón, S.A.U."

Publicado el 19/12/2012 (Nº 246)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTOS DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICAE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Texto completo:

El artículo 148 de la Constitución atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva para la ordenación de los recursos necesarios para realizar una adecuada prestación de los servicios públicos, de acuerdo con los principios de eficacia, eficiencia y economía. Por su parte, en el artículo 71.32.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, modificado mediante la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón competencias exclusivas para la planificación de la actividad económica y el fomento del desarrollo económico de la Comunidad, de acuerdo con el principio de equilibrio territorial y de sostenibilidad y, en especial, y, en particular, para la creación y gestión de un sector público propio de la Comunidad.

En ejercicio de estas competencias, el Gobierno de Aragón consideró necesario reforzar la prestación de los servicios de telecomunicaciones, mediante la creación de una sociedad mercantil que llevase a efecto la gestión unificada y eficiente de la Red Pública de Infraestructuras de Telecomunicaciones, cuya finalidad era garantizar que todos los ciudadanos pudiesen tener disponibles, en las mismas condiciones de calidad y accesibilidad, las tecnologías y servicios de comunicación, autorizando para ello la constitución de la sociedad mercantil de capital íntegramente público "Infraestructuras y Servicios de Telecomunicaciones de Aragón, S.A.U.", mediante el Decreto 204/2008 de 21 de octubre.

Con la finalidad de acomodar el sector público empresarial de la Comunidad Autónoma de Aragón a las nuevas circunstancias económicas y financieras, mediante la constitución de un modelo empresarial público centrado en la prestación adecuada de los servicios de interés general y con un funcionamiento del grupo más eficaz, el Gobierno de Aragón ha desarrollado un plan de reestructuración del sector público empresarial aragonés, entre cuyos objetivos principales se enmarca una profunda reestructuración de las participaciones empresariales del Gobierno de Aragón, con la finalidad de obtener un mapa empresarial público más responsable y consecuente con el escenario económico del momento y que a, a la vez, permita actualizar la vigencia de los objetivos con los que se asumió cada una de las participaciones.

Para ello, entre las medidas contempladas en el citado plan, se encuentra la integración de la actividad desarrollada hasta la fecha por la sociedad mercantil autonómica de capital íntegramente público "Infraestructuras y Servicios de Telecomunicaciones de Aragón, S.A.U." en la entidad de derecho público "Aragonesa de Servicios Telemáticos", por cuanto las actividad desarrollada por la entidad mercantil es complementaria de la llevada a cabo por la entidad de derecho público, al ser uno de los objetivos de la misma la contribución a la ejecución de las infraestructuras y la prestación de los servicios en el ámbito del sector de nuevas tecnologías, que se consideren necesarios para impulsar el desarrollo económico y social del territorio, estando previstas, entre las funciones asignadas al citado ente, la ejecución de los proyectos y actuaciones derivados de las directrices estratégicas aprobadas por el Gobierno de Aragón en relación con las infraestructuras, sistemas, servicios y aplicaciones en materia de información y telecomunicaciones. La integración conlleva la disolución y liquidación de la sociedad mercantil autonómica de capital íntegramente público "Infraestructuras y Servicios de Telecomunicaciones de Aragón, S.A.U." y la asunción de su actividad, como unidad económica de producción, por parte de la entidad de derecho público "Aragonesa de Servicios Telemáticos".

De conformidad con el artículo 134, apartado d) de la Ley 5/2011, de 10 de marzo, del Patrimonio de Aragón, se reserva al Gobierno de Aragón la facultad de autorizar el aumento y la reducción del capital social, la transformación, fusión, escisión y disolución de sociedades mercantiles autonómicas, una autorización que, para los supuestos de disolución y conforme a lo dispuesto en el artículo 141 de la citada norma, deberá efectuarse mediante Decreto del Gobierno de Aragón, en el que se podrá determinar el destino del patrimonio neto de la sociedad cuya disolución se acuerda.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública y del Consejero de Industria e Innovación previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión de 4 de diciembre de 2012,

Artículo 1. Autorización.

1. Se autoriza la disolución de la sociedad mercantil autonómica de capital íntegramente público "Infraestructuras y Servicios de Telecomunicaciones de Aragón, S.A.U."

2. Se autoriza a la sociedad matriz Corporación Empresarial Pública de Aragón, S.L.U., para la realización de todas las actuaciones de carácter mercantil que resulten necesarias para la materialización del proceso de disolución de la sociedad mercantil autonómica de capital íntegramente público "Infraestructuras y Servicios de Telecomunicaciones de Aragón, S.A.U.", hasta la extinción legal de la misma.

Artículo 2. Integración del personal.

1. El personal con contrato laboral indefinido perteneciente a la sociedad mercantil autonómica de capital íntegramente público "Infraestructuras y Servicios de Telecomunicaciones de Aragón, S.A.U.", pasará a integrarse en la plantilla de la Entidad de Derecho Público "Aragonesa de Servicios Telemáticos" con el carácter de personal laboral indefinido no fijo. Este personal no tendrá la condición de personal funcionario o laboral de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón o de sus organismos públicos, a la que solo podrá acceder mediante la participación y superación de las correspondientes pruebas selectivas de acceso libre convocadas en ejecución de las ofertas públicas de empleo.

2. De acuerdo con el artículo 44 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la entidad de derecho público "Aragonesa de Servicios Telemáticos", se subrogará en las obligaciones derivadas de los contratos de trabajo suscritos entre la mercantil "Infraestructuras y Servicios de Telecomunicaciones de Aragón, S.A.U." y los trabajadores de ésta que se integren en la plantilla de aquélla, con respeto a todos los derechos adquiridos previamente en la sociedad, sin perjuicio de las medidas laborales en relación con los trabajadores que puedan adoptarse conforme prevé el citado artículo 44, no pudiendo superar su masa salarial el importe correspondiente a la del personal de la sociedad mercantil autonómica de la que proceden.

Las retribuciones del personal de la mercantil "Infraestructuras y Servicios de Telecomunicaciones de Aragón, S.A.U." que se integren en la entidad de derecho público "Aragonesa de Servicios Telemáticos", se financiarán por esta última entidad con cargo al capítulo correspondiente a gastos de personal.

Salvo pacto en contrario, en los términos establecidos en la Ley del Estatuto de los Trabajadores, las relaciones laborales de los trabajadores afectados por la sucesión seguirán rigiéndose por el convenio colectivo que en el momento de la transmisión fuere de aplicación en la empresa "Infraestructuras y Servicios de Telecomunicaciones de Aragón, S.A.U". Esta aplicación se mantendrá hasta la fecha de expiración del convenio colectivo de origen o hasta la entrada en vigor de otro convenio colectivo nuevo que resulte aplicable a la entidad de derecho público "Aragonesa de Servicios Telemáticos".

3. La integración del personal de la sociedad mercantil autonómica de capital íntegramente público "Infraestructuras y Servicios de Telecomunicaciones de Aragón, S.A.U.", a la entidad de derecho público "Aragonesa de Servicios Telemáticos" se realizará, en el plazo máximo de tres meses desde la publicación de este Decreto en el "Boletín Oficial de Aragón", mediante Acuerdo del Gobierno Aragón adoptado a propuesta del Consejo de Dirección de "Aragonesa de Servicios Telemáticos", en el que se recogerá la relación nominal del personal objeto de integración y la naturaleza jurídica de su relación laboral.

4. Los contratos de alta dirección realizados por la sociedad "Infraestructuras y Servicios de Telecomunicaciones de Aragón, S.A.U.", se extinguirán una vez adscrito definitivamente el personal a la entidad de derecho público "Aragonesa de Servicios Telemáticos", sin que ello cause derecho a indemnización alguna en los supuestos previstos en la disposición adicional octava, apartado dos, punto 3, de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

Artículo 3. Subrogación en las relaciones jurídicas.

1. Con efectos a contar desde la fecha del Acuerdo a adoptar por el Gobierno de Aragón en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado tercero, de este Decreto, la actividad desarrollada por la mercantil "Infraestructuras y Servicios de Telecomunicaciones de Aragón, S.A.U." será asumida en su integridad por la entidad de derecho público "Aragonesa de Servicios Telemáticos", subrogándose a partir de esa fecha en todas las relaciones jurídicas, obligaciones y derechos de los que sea titular la indicada mercantil "Infraestructuras y Servicios de Telecomunicaciones de Aragón, S.A.U."

2. El Consejero competente en materia de patrimonio acordará la correspondiente adscripción a favor de "Aragonesa de Servicios Telemáticos" de los bienes incluidos en la Orden de 10 de septiembre de 2009, de la Consejera de Ciencia, Tecnología y Universidad, por la que se adscriben equipos de telecomunicaciones a favor de la mencionada empresa pública.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Este Decreto producirá efectos a partir de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza, 4 de diciembre de 2012.

La Presidenta del Gobierno de Aragon,

LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

El Consejero de Hacienda y Administración Pública,

JOSÉ LUIS SAZ CASADO

El Consejero de Industria e Innovación,

ARTURO ALIAGA LÓPEZ